Política de identificación y conocimiento del cliente
De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación del 19 de noviembre de 2020 se da cumplimiento a las Disposiciones de Carácter General que se refieren el artículo 492 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, poniendo a disposición de todo el personal, nuestros Agentes, Promotores, Intermediarios de Seguros y demás Aliados Comerciales, nuestro manual informativo en materia de Prevención de Lavado de Dinero (PLD) y Financiamiento al Terrorismo (FT) en donde se describen los controles y procedimientos para la debida identificación de cada uno de nuestros clientes.
Para cualquier duda relacionada a PLD/FT, favor de dirigirse al área de Oficialía de Cumplimiento al teléfono (55) 4161 9550 ext. 9569
Los siguientes formatos son requeridos para identificar a nuestros clientes.
Interesados en iniciar una relación comercial con Seguros patrimonial, el siguiente indica los documentos mínimos requeridos para su alta
La autoridad en México requiere que se identifiquen plenamente a los clientes y asegurados que obtienen una póliza. Por tal motivo, es una obligación por parte de las compañías, agentes e intermediarios de seguros, que obtengan la siguiente información y documentación del cliente antes de realizar cualquier transacción relacionada con un seguro.
Aquí te informamos los documentos mínimos necesarios para identificar a los clientes de negocios tradicionales y de gobierno.
IMPORTANTE:
En los siguientes formatos el solicitante declara toda la información necesaria para apreciar el riesgo al momento de la firma.